NECESARIO ESTABLECER UNIDADES DE PROTECCIÓN CIVIL EN CADA MUNICIPIO: GGH

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El legislador asegura que es fundamental contar con los recursos materiales y humanos suficientes en cada municipio de Oaxaca

San Raymundo Jalpan, Oaxaca., 21 de abril de 2016.- Con el propósito de abonar al cumplimiento de las responsabilidades que los artículos 17 y 18 de la Ley General de Protección Civil atribuyen a los Gobernadores y a los Presidentes Municipales en sus respectivas jurisdicciones, el diputado Gerardo García Henestroza, presentó la reforma de un artículo a la Ley de  Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres para el Estado de Oaxaca.

El legislador integrante de la fracción Parlamentaria del PAN, señaló que cada estado y municipio del país, por ley deben contar con una Unidad de Protección Civil la cual se encargará de poner en práctica las acciones pertinentes para salvaguardar la vida, proteger los bienes de la población y su entorno ecológico.

 

En este sentido, señaló que es fundamental contar con los recursos materiales y humanos suficientes en cada municipio de Oaxaca para afrontar cualquier tipo de emergencia o contingencia en cada municipio.

 

“Lamentablemente hemos sido testigos que se pierden vidas humanas y el patrimonio familiar en municipios pequeños donde no se cuenta con los recursos necesarios para hacer frente con eficiencia a este tipo de situaciones”.

 

Gerardo Henestroza destacó, la importancia que tiene el dotar a cada área de Protección Civil municipal de los recursos humanos capacitados y suficientes, con prestaciones dignas, pues aseguró que no se puede sustentar el sistema municipal de protección civil sólo en voluntarios.

 

El también presidente de la Comisión Permanente de Administración de Justicia, precisó también contar con los recursos materiales funcionales y suficientes que permitan el cumplimiento profesional de sus funciones.

 

“No es un secreto que en muchas ocasiones tiene que enfrentar desastres con un equipo obsoleto o insuficiente”, dijo.

 

La reforma al artículo 44 establece: Promover la constitución de un fondo con recursos públicos y privados, destinados a prevenir y hacer frente a los riesgos, emergencias, siniestros o desastres y demás consecuencias que se generen por la ocurrencia de fenómenos perturbadores en el territorio del municipio; así como a dotar de los recursos materiales y humanos suficientes a las Unidades de Protección Civil del municipio.

 

La iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnada a la Comisión Permanente de Protección Ciudadana.

 

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