Admiten dos amparos contra la Ley de Seguridad Interior por
considerarla inconstitucional

Admiten dos amparos contra la Ley de Seguridad Interior por considerarla inconstitucional

La Ley de Seguridad Interior, promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre de 2017, fue declarada inconstitucional por dos jueces federales que consideran que el estatuto pone en riesgo los derechos humanos de los ciudadanos.
Dos jueces federales, uno en Ciudad de México y otra en el estado de Guanajuato, concedieron amparos en contra de la Ley de Seguridad Interior al considerarla inconstitucional.
El primer Juez en promover el amparo fue el Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva, quien consideró que la actuación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y seguridad interior “implica introducir un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, porque la autoridad militar difícilmente puede sustraerse al régimen de mando y adiestramiento para el cual ha sido creado”.
Lee: 8 puntos clave de la Ley de Seguridad Interior aprobada por los diputados
También reconoce que la actuación de los militares en las tareas de seguridad pública “puede provocar actos de imposible reparación en perjuicio de los integrantes de la sociedad”.
Mientras que la Juez Noveno de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, concedió el amparo contra la ley a una organización de derechos humanos y afirmó que algunos de los artículos de la ley son violatorios a los derechos humanos, porque impacta a toda la sociedad en su conjunto.
Aunque la legislación va dirigida a todos los ciudadanos, ellos como defensores, resienten una afectación directa, real y efectiva por sus actividades.
Lee: EPN promulga la Ley de Seguridad Interior; SCJN decidirá su constitucionalidad, dice
Las normas que impugnaron se refieren a la intervención de las Fuerzas Armadas en protestas sociales o movilizaciones, lo que genera un efecto negativo en sus actividades como defensores de derechos humanos.
La Ley de Seguridad Interior establece el procedimiento con el que el presidente de México podrá ordenar la intervención de las fuerzas armadas en algún punto del país, cuando se identifiquen “amenazas a la seguridad interior” y las capacidades de las fuerzas federales o locales resulten insuficientes para hacer frente a “la amenaza”.
 

Previous #NiUnaMás: historias de víctimas y sobrevivientes del feminicidio en México (capítulo de regalo)
Next Verificado.mx: El PRI sí propuso censurar las redes sociales, pero no para este proceso electoral

About author

municipios
municipios 2292 posts

Si estas interesado en que compartamos tus comunicados de prensa, favor de enviarlos a la cuenta de [email protected], importante adjuntar comunicado, foto y datos de contacto.

You might also like

Política

Mujeres y hombres por igual en la administración pública estatal, será realidad

San Raymundo Jalpan, Oax, febrero de 2020.- El Congreso Local aprobó reformar la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de Oaxaca, con el objetivo de garantizar la

Titulares

Reconoce Congreso voluntad de personal médico ante la pandemia

San Raymundo Jalpan, Oax. 12 de julio de 2020.- La voluntad de servicio y vocación de servicio del personal médico es reconocida desde el Poder Legislativo, que brinda su apoyo con

Política

Tribunal Electoral ordena que sea investigado el origen del sitio Pejeleaks.org, tras queja de Morena

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este miércoles un acuerdo de la Unidad Técnica del INE y ordenó que se investigado el origen del sitio pejeleaks.org.