Demanda Poder Legislativo a municipios prever pagos de sentencias judiciales

Demanda Poder Legislativo a municipios prever pagos de sentencias judiciales

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• En enero de 2019, 80 municipios de Oaxaca iniciaron su administración con laudos laborales pendientes.

San Raymundo Jalpan, Oax. 24 de noviembre de 2020.- El Pleno Legislativo recomendó, respetuosamente, a los 570 ayuntamientos de Oaxaca, a contemplar en sus presupuestos de egresos 2021, una partida presupuestal específica para dar cumplimiento a resoluciones judiciales en materia laboral.

Mediante un exhorto, aprobado en sesión del día 18 de noviembre, esta soberanía solicitó a las autoridades municipales a hacer frente a las obligaciones derivadas de condenas en sentencias o laudos, en materia laboral o de cualquier índole. De esta manera, la LXIV Legislatura busca garantizar el acceso efectivo a la justicia de los y las ciudadanas.

Lo anterior en virtud que, a principios del año 2019 autoridades de 80 municipios de Oaxaca iniciaron su administración con una serie de laudos laborales a pagar. Los ayuntamientos de estas poblaciones han solicitado, al Congreso del Estado, la autorización de una partida presupuestal para cumplir dichas resoluciones. Es preciso señalar, que el Poder Legislativo tiene como única y exclusiva facultad, autorizar la petición de destinos específicos para gastos

También, se emitió un recordatorio sobre lo dispuesto en el Artículo 42 de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado, que obliga a los ejecutores del gasto a cubrir, con cargo a sus respectivos presupuestos, las obligaciones de cualquier índole que deriven en resoluciones emitidas por autoridades judiciales, laborales y administrativas.

En caso de no poder cubrir con dichas obligaciones, los ayuntamientos deberán presentar un programa de cumplimiento de pago ante las autoridades respectivas, con la finalidad de que no se afecten los objetivos y metas de la administración pública.

También, el poder legislativo solicita a los municipios cumplir con sus funciones en apego a lo establecido en el Artículo 17 de la Carta Magna, que prevé el derecho de toda persona a la administración de justicia pronta, completa e imparcial.

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