NECESARIO HOMOLOGAR TÉRMINO DE VIOLENCIA FAMILIAR EN LEYES DE OAXACA: ZOILA JOSÉ

NECESARIO HOMOLOGAR TÉRMINO DE VIOLENCIA FAMILIAR EN LEYES DE OAXACA: ZOILA JOSÉ

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* Con el objetivo de que se encuentren en uniformidad con el decreto aprobado en 2015

 

San Raymundo Jalpan, Oaxaca., 02 de mayo de 2016.-La presidenta de la Comisión Permanente de Igualdad de Género en la LXII Legislatura del Congreso de Oaxaca, Zoila José Juan  presentó una iniciativa para homologar la denominación de tipo penal de Violencia Intrafamiliar a Violencia Familiar conforme a las Leyes Estatal y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con la finalidad de brindar una atención integral a víctimas de este delito.

 

En su exposición de motivos la legisladora de la Fracción Parlamentaria del PRD, señala que con fecha 10 de diciembre de 2015, el Pleno Legislativo aprobó el decreto 1372, en materia de violencia familiar, en donde se hace la transición de violencia intrafamiliar a violencia familiar.

 

La diputada Zoila José Juan, señaló que resulta necesario homologar los términos y estos se encuentren en uniformidad con el texto aprobado y que actualmente sea vigente.

 

Con la aprobación de este decreto, se reconoce que la familia es un grupo de personas que comparten vínculos con independencia del grado de consanguinidad y no limita el grado de parentesco; además, contempla hijas e hijos adoptados o de otros vínculos matrimoniales.

 

Además establece que de no existir vínculos consanguíneos y de parentesco, se considera familia a aquellos convivientes con relaciones de afinidad que produzcan el vínculo afectivo natural entre familiares consanguíneos y parientes.

 

Debido a lo anterior, la legisladora Zoila José Juan propuso la reforma del segundo párrafo del inciso B del artículo 27 y la fracción IX del artículo 210 BIS, ambos del Código Penal para el Estado de Oaxaca.

 

Asimismo, la reforma de la fracción XI y XII del artículo 170 BIS, el segundo párrafo de la Fracción III del artículo 196, el segundo párrafo del artículo 352 y el cuarto párrafo del artículo 414, todos del Código Procesal Penal de Oaxaca.

 

Dichas reformas establecen que en los casos de violencia familiar, se comprenderá el pago de tratamientos psicoterapéuticos a las víctimas; de igual forma el Ministerio Público deberá de aplicar los criterios con perspectiva de género e interculturalidad, sin discriminación.

 

 

La Iniciativa fue turnada para su dictamen a la Comisión Permanente de Igualdad de Género.

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