PIDE JUANITA CRUZ EXPEDIR INFORMACIÓN PRONTA Y EXPEDITA EN JUICIOS DE PENSIÓN ALIMENTARIA
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*Necesario eliminar el cobro de derechos para que los acreedores alimentarios tengan acceso a información completa
San Raymundo Jalpan, Oaxaca, 23 de Febrero de 2016.– La diputada de la fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Juanita Arcelia Cruz Cruz, presentó una iniciativa con el objetivo de establecer que todo informe que solicite la autoridad jurisdiccional a cualquier autoridad o servidor público, dentro de un juicio de pensión alimenticia, debe ser expedido de manera gratuita y expedita.
La también Presidenta de la Comisión Permanente de Estudios Legislativos, explicó que en los juicios en donde se reclaman los alimentos, lo acreedores alimentarios ofrecen y solicitan como pruebas informes que proporcione cualquier información respecto a los bienes inmuebles o de las sociedades mercantiles que pudiese tener el deudor alimentario.
Asimismo, la representante popular puntualizó que actualmente para que la autoridad registral, proporcione dicha información pide al solicitante que se realice el pago de los derechos correspondientes.
Detalló que cobrar por la información emitida resulta contradictorio, ya que el acreedor alimentario entabla el juicio en virtud de la necesidad económica y el hecho de realizar estos pagos afecta la economía del necesitado, siendo un obstáculo para tener la información necesaria para acreditar los ingresos o bienes que tiene el deudor.
“Propongo que la información del servidor de la administración pública debe ser expedida de manera pronta y gratuita, por conducto del mandato de la autoridad jurisdiccional que así lo determine”, señaló la legisladora.
Cruz Cruz manifestó que la pensión alimenticia se ampara en la necesidad que puede tener una persona de recibir lo que sea necesario para subsistir dada su incapacidad de manutención.
Recalcó que la autoridad jurisdiccional fija el monto de la pensión alimenticia caso por caso y atendiendo a las necesidades de quien debe recibirla y a las posibilidades de quien debe darla, por lo cual no existe un monto fijo que se deba pagar por acreedor alimentario en todos los juicios.
De esta forma la diputada propuso que se adicionara un párrafo al artículo 963 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Administración de Justicia para su análisis y aprobación.
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