SOLICITA BOLAÑOS CACHO REFORMAR LEY EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE SERVIDORES PÚBLICOS   

SOLICITA BOLAÑOS CACHO REFORMAR LEY EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE SERVIDORES PÚBLICOS  

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*La propuesta otorgará al Tribunal Administrativo y de Cuentas la función de resolver los procedimientos e imponer sanciones a servidores públicos

 

San Raymundo Jalpan, Oaxaca., 15 de agosto de 2016.- El integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, Jaime Bolaños Cacho Guzmán emitió ante el Pleno Cameral una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la finalidad de homologar la Ley local con la federal en el tema de la imposición y resolución de sanciones de responsabilidades de servidores públicos por parte del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de Cuentas.

 

En su exposición de motivos, aseguró que en la actualidad prevalece una inadecuada impartición de justicia en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, ya que no es un tribunal el que administra justicia a los servidores públicos sino es una misma autoridad la que acusa, investiga, sustancia procedimientos y sanciona.

 

En este sentido, el diputado explicó que la responsabilidad administrativa de los servidores públicos surge como consecuencia del actuar ilícito de un funcionario, la responsabilidad civil de éste se traduce en la obligación de reparar el daño a la persona perjudicada, a diferencia de la penal, en la que responde frente a la sociedad representada por el Estado.

 

Señaló que ambas materias son atendidas por la Secretaría de la Función Pública y a los órganos internos de control, quienes tienen facultades para vigilar, acusar, investigar, determinar responsabilidades e imponer sanciones a los servidores públicos, lo cual los convierte en “juez”, entendido como un funcionario público que participa en la administración de justicia con la potestad de aplicar el derecho por la vía del proceso, siendo en todo momento independiente e imparcial.

 

Agregó que el artículo 73 de la Constitución Federal establece que el Congreso de la Unión tiene facultades para: “expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos y que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones”.

 

Ante ello, detalló que con esta propuesta el Poder Ejecutivo no pierde su auto tutela en la materia, sino que por el contrario se fortalece y legitima. Puesto que al conferirse al Tribunal Administrativo la función de resolver dichos procedimientos, así como para determinar el grado de responsabilidad de los servidores públicos y para imponer la sanción que corresponda.

 

“Con esta Iniciativa no se priva al Ejecutivo de la potestad de velar por el buen despacho administrativo, sino que se le está confiriendo un mecanismo formalmente administrativo y materialmente jurisdiccional confiable, neutral e independiente. Es decir, dentro de la estructura del Ejecutivo, coexistirán como parte del sistema de autocontrol, la función persecutoria y sancionadora en dos instancias: la Secretaría de la Función Pública y el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa”, aseveró.

 

Para su estudio la Iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnada a la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales.

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