Califica Defensoría como “grave” y “urgente” el caso contra secretario de Salud en Oaxaca

Califica Defensoría como “grave” y “urgente” el caso contra secretario de Salud en Oaxaca

• Emite medidas cautelares para evitar la consumación o continuación de posibles violaciones a derechos humanos

• Pide acciones para garantizar el derecho a la salud de niñas, niños y adolescentes en el estado de Oaxaca

• A petición de la diputada Magaly López, inicia indagatoria por omisión en el cumplimiento de la “ley antichatarra”

Oaxaca, Oaxaca, marzo 2021.- Tras la queja de la diputada Magaly López Domínguez por el incumplimiento de la ley que prohíbe la distribución, venta, regalo y suministro de refrescos y alimentos “chatarra” a menores de edad, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca solicitó a la Secretaría de Salud estatal implementar medidas cautelares para garantizar el derecho a la salud de las niñas, niños y adolescentes del estado.

Mediante el oficio 03073, la Defensoría notificó formalmente a la diputada la “admisión de instancia”, que implica el inicio de las investigaciones contra Juan Carlos Márquez Heine, secretario de Salud y director general de los Servicios de Salud de Oaxaca, e informó igualmente de la solicitud de medidas cautelares que atiendan el principio del interés superior de la niñez.

“La relevancia de este documento es que, por ley, quiere decir que la Defensoría analizó los planteamientos y calificó la existencia de una presunta violación a derechos humanos, lo que le lleva a investigarla, y valoró también que en el caso existen gravedad y urgencia, pues son los criterios establecidos en el reglamento para la emisión de las medidas cautelares”, explicó la legisladora.

Agregó que de acuerdo con el artículo 66 de la Ley de la Defensoría, las medidas cautelares son acciones que el organismo autónomo solicita a una autoridad, en este caso al secretario de Salud, “con el fin de evitar la continuidad o consumación irreparable de las violaciones a derechos humanos denunciadas, o la producción de daño de difícil reparación a los afectados”.

En tanto, expuso, el artículo 109 del reglamento interno de la Defensoría precisa que las medidas cautelares se podrán solicitar “en situaciones de gravedad y urgencia”, para prevenir “daños irreparables a las personas o al objeto del proceso en conexión con una petición o caso pendiente”.

“Celebramos que la Defensoría coincida con nosotros en que este asunto es grave y urgente”, externó; “confiamos en que realice las investigaciones con la debida diligencia y no retrase innecesariamente la emisión de una recomendación”.

El 5 de septiembre de 2020 entró en vigor la adición del artículo 20 bis a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, propuesta por la diputada Magaly López Domínguez, que prohíbe en todo el estado la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico.

Este 2 de marzo, la legisladora interpuso una queja ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, considerando que la no aplicación de la norma, que por ley le corresponde a la Secretaría de Salud del estado, implica violaciones al derecho a la salud de niñas y niños, transgrede las garantías jurídicas de toda la población y atenta contra el principio del interés superior de la niñez.

Tras la respuesta de la Defensoría, López Domínguez dijo esperar que el secretario de Salud atienda la petición de la Defensoría y realice acciones dirigidas a restituir el derecho de las niñas y los niños de Oaxaca a la salud, afectado por décadas de mala alimentación y por la pasividad de los gobiernos ante los excesos de las grandes industrias transnacionales de alimentos “chatarra”.

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