Oaxaca de Juárez, Oax. a 17 de diciembre de 2025.- El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó con 40 votos a favor los dictámenes emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda, mediante los cuales se expiden las Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2026 de 40 ayuntamientos de la entidad, una de las tareas más relevantes y sensibles del Poder Legislativo en materia hacendaria.
De acuerdo con el presidente de la Comisión Permanente de Hacienda, Oliver López García, estos ordenamientos representan el principal instrumento de planeación financiera de los municipios, ya que permiten programar, ejecutar y evaluar políticas públicas, garantizando los recursos necesarios para la prestación de servicios públicos de calidad, el fortalecimiento de la infraestructura local y la atención de las demandas sociales, todo ello bajo criterios de responsabilidad y disciplina financiera.
El legislador destacó que durante el proceso de dictaminación, el Congreso asumió su papel como órgano revisor y garante de los ingresos municipales, privilegiando un análisis serio, objetivo y responsable, sustentado en los principios de legalidad, equidad, proporcionalidad y justicia tributaria, cuidando no afectar de manera desproporcionada la economía de las familias ni vulnerar los derechos de las y los contribuyentes.
Las Leyes de Ingresos aprobadas corresponden a municipios de diversas regiones del estado, entre ellos Santiago Juxtlahuaca, San Francisco Jaltepetongo, San Pedro Yucunama, Santiago Minas, San Dionisio Ocotlán, San Andrés Ixtlahuaca, Santa Catarina Minas, San Juan de los Cués, Santiago Nejapilla, San Jacinto Tlacotepec, San Miguel Huautla, Santa María Yalina, Santo Domingo Tlatayápam, San Antonio El Alto, Santa Cruz Mixtepec, San Pablo Macuiltianguis, Santo Domingo Ixcatlán, Villa Talea de Castro, Santiago Comaltepec, Santo Domingo Yanhuitlán, San José Independencia y Loma Bonita, entre otros.
Conforme al dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, del análisis realizado se constató que los proyectos no establecen tasas lesivas, sino cargas tributarias proporcionales y equitativas, acordes a la realidad económica de cada municipio y en cumplimiento del artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, se determinó que los ordenamientos aprobados ofrecen un marco jurídico claro y congruente, con tributos diseñados conforme a la capacidad de pago de las y los contribuyentes y a los beneficios que reciben del gobierno municipal, lo que fortalece la transparencia, así como el uso eficiente y honesto de los recursos públicos.



