Prisión a quien maltrate y difunda castigos contra menores de edad en Oaxaca
San Raymundo Jalpan, Oax, marzo de 2021. La LXIV Legislatura reformó el Código Penal del Estado de Oaxaca, para tipificar como delito el maltrato infantil y la difusión, por cualquier medio, de estas agresiones contra personas menores de edad en la entidad.
Con la adición de los artículos 199 y 200 de la legislación en mención, el Poder Legislativo se suma a los esfuerzos para garantizar la efectiva protección a los derechos humanos de la niñez.
Estos cambios normativos avalados por el Parlamento oaxaqueño, imponen una pena de tres a siete años de prisión y de veinte a 200 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a la persona que dañe, maltrate, humille o denoste a una persona menor de 18 años de edad.
Además, la pena aumentará en una mitad del mínimo a una mitad del máximo del castigo, es decir hasta 12 años, cuando por cualquier medio el agresor divulgue, comparta, distribuya, publique audios o videos, en los que se cometa la conducta antes descrita.
En su caso, la autoridad ordenará a la empresa de servicios digitales o informáticos, servidor de internet, red social, administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o cualquier otro donde sea publicada dicha acción, el retiro del contenido.
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